Medidas aprobadas para la conciliación de la vida laboral personal y familiar
Un permiso de cinco días al año
El Ministerio de Derechos Sociales informa de que la primera medida es un permiso de cinco días al año, retribuidos, que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo, tanto de un familiar de hasta segundo grado, como de un conviviente.
Un permiso por horas de cuatro días al año
El decreto incluye también un segundo permiso “por causa de fuerza mayor”, que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta cuatro días al año, un permiso novedoso que también estará retribuido.
Se trata de “un permiso que se podrá usar ante motivos familiares urgentes, como si tu padre o tu madre se enferman y tienes que acompañarlo al médico; o si tu hijo o tu hija han pasado una mala noche y necesitas quedarte en casa con él”.
Permiso de 8 semanas
La tercera medida es un permiso parental de ocho semanas que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años. Podrá usarse, por ejemplo, en los meses de verano o durante los procesos de adaptación en las escuelas infantiles en septiembre.
5 días de permiso para las parejas de hecho
Las parejas de hecho también tendrán derecho a los quince días de permiso por registro, igual que los matrimonios.