Resultado Demanda Inspección De Trabajo

31/05/2023 Desactivado Por limpiezavialesk

Como sabéis desde Esk estuvimos reunidas/os el pasado 7 marzo con la inspección de trabajo, tras presentar la denuncia por el “Acuerdo Transaccional” que presento la empresa tras la sentencia, y ahora queda claro que lo hizo con la complicidad de USO y UGT.

La inspección no sanciona a la empresa, ya que tiene claro que estos incumplimientos, deben de ser reclamados vía judicial.

Lo que si hace esta resolución es dar como hechos constatados por la inspección que;

• La Sentencia de conflicto colectivo del Tribunal Superior de Justicia establece el criterio de cómo deben de calcularse la antigüedad teniendo en cuenta todos los periodos trabajados y no solo como venía haciendo la empresa de reconocerlo tras la fijeza.
Que tras analizar los 659 acuerdos que han sido firmados, la empresa si está teniendo en cuenta este criterio y así lo ha actualizado desde enero del 2023.

• También la inspección dice, que la empresa no ha pagado los atrasos que se han generado (las cantidades que se pueden reclamar un año atrás desde que se interpuso la demanda de conflicto colectivo) y que esto es lo que en la actualidad los trabajadores pueden y deben de reclamar vía judicialmente, porque les corresponde.

Además, deja claro que la CLAUSULA CUARTA del acuerdo por la que se renuncia a cualquier reclamación de años anteriores, es nula de pleno derecho, y que por tanto la empresa está incumpliendo claramente con esta cláusula el art 3.5 del Estatuto de los trabajadores.
DEJANDO CLARO QUE AUN HABIENDO FIRMADO DICHA CLAUSULA ES POSIBLE INICIAR LA RECLAMACION JUDICAL, para reclamar las cantidades no abonadas antes de 2023.

• Respecto a la actitud discriminatoria por parte de la empresa, que niega la aplicación de la sentencia a aquellos trabajadores que no han firmado el acuerdo transaccional, no resulta acreditado para esta inspección. Ya que la empresa junto con USO y UGT, manifiestan que se ha informado que pueden firmar el acuerdo, oponiéndose a la cláusula cuarta.
Y que los trabajadores que no lo han firmado, no se les esta aplicación, porque la empresa previamente debe constatar la fecha real de cada trabajador

USO y UGT han colaborado con la empresa, diciendo que se ha hecho una Asamblea informativa de trabajadores para explicarles el acuerdo transaccional, y que se tomasen el tiempo necesario para analizarlo y consideran que no ha habido coacciones por parte de la empresa; cuestión que todos sabemos no ha sido así, ya que se dijo que se firmaba en esos días o si no la empresa no lo abonaría. Por eso decimos que todo esto ha sido posible porque estos sindicatos han colaborado con la empresa en todo momento. De tener un comité que mire por los trabajadores y no por la empresa, estas cosas no pasarían.

Desde ESK tenemos claro que vamos a estar vigilantes y vamos a denunciar todos los incumplimientos que veamos por parte de la empresa que vayan en contra de los intereses de la plantilla. ESE DINERO NOS CORRESPONDE Y LO TENEIS QUE PAGAR PORQUE ES NUESTRO DERECHO.